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Actualizado 2026 • Gratis

Calculadora de Horas Extras
Panamá 2026

Calcula tus recargos por trabajo extraordinario: diurnas (+25%), nocturnas (+50%, +75%) y domingos/feriados (+50%). Según Código de Trabajo.

Recargo 25%Recargo 50%Recargo 75%Art. 33 Código Trabajo

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Tabla de Recargos por Horas Extras

Según el Artículo 33 del Código de Trabajo de Panamá, los recargos varían según el tipo de jornada.

Extras Diurnas

6:00 AM - 6:00 PM

+25%

Recargo sobre salario ordinario por hora

Extras Nocturnas/Mixtas

6:00 PM - 6:00 AM

+50%

Prolongación de jornada nocturna o mixta

100% Nocturna

Jornada nocturna pura

+75%

Extensión de jornada totalmente nocturna

Domingos y Feriados

Días de descanso

+50%

Trabajo en día de descanso obligatorio

Límite legal: El máximo permitido es de 3 horas extras diarias y 9 horas semanales. Exceder estos límites puede generar sanciones para el empleador.

¿Cómo Calcular tus Horas Extras?

Sigue estos pasos para calcular correctamente el pago de tu tiempo extra.

1

Calcula tu Tarifa por Hora

Divide tu salario mensual entre las horas trabajadas (generalmente 208 horas = 8h × 26 días).

2

Identifica el Tipo de Hora Extra

Determina si es diurna, nocturna, mixta o en día de descanso para aplicar el recargo correcto.

3

Aplica el Recargo

Multiplica tu tarifa por hora por el factor: 1.25 (25%), 1.50 (50%) o 1.75 (75%).

4

Multiplica por las Horas

El valor de la hora extra por el número de horas trabajadas te da el total.

Ejemplo: 4 horas extras diurnas con tarifa de B/.5.00/hora

Tarifa ordinaria por horaB/.5.00
Recargo diurno (25%)+ B/.1.25
Valor hora extra diurnaB/.6.25
Cantidad de horas extras× 4

Total a Recibir

B/.25.00

(4 horas × B/.6.25)

Tipos de Jornada Laboral en Panamá

El recargo de horas extras depende del tipo de jornada que trabajes.

Jornada Diurna

6:00 AM - 6:00 PM

Máximo 8 horas diarias y 48 horas semanales.

Jornada Nocturna

6:00 PM - 6:00 AM

Máximo 7 horas diarias y 42 horas semanales.

Jornada Mixta

Combina ambas

Máximo 7.5 horas diarias y 45 horas semanales.

Preguntas Frecuentes

Dudas sobre Horas Extras

Respuestas a las preguntas más comunes sobre el trabajo extraordinario en Panamá.

¿Cuánto es el recargo por hora extra diurna en Panamá?

Las horas extras trabajadas en jornada diurna (6am a 6pm) tienen un recargo del 25% sobre el salario ordinario por hora. Si ganas B/.5.00 por hora, la hora extra diurna vale B/.6.25.

¿Cuál es el límite de horas extras permitidas por ley?

El Código de Trabajo establece un máximo de 3 horas extras diarias y 9 horas semanales. Superar estos límites puede generar sanciones para el empleador.

¿Cuánto pagan por trabajar en domingo o feriado?

El trabajo en domingos y días feriados tiene un recargo del 50% sobre el salario ordinario. Además, si el domingo es tu día de descanso obligatorio, tienes derecho a un día de descanso compensatorio.

¿Cuál es la diferencia entre jornada nocturna y mixta?

La jornada nocturna es de 6pm a 6am (máximo 7 horas). La jornada mixta combina horas diurnas y nocturnas. Las horas extras en jornada mixta o nocturna tienen recargo del 50%, y la prolongación de jornada 100% nocturna tiene recargo del 75%.

¿Las horas extras tienen deducciones de CSS e ISR?

Sí. Las horas extras forman parte de tu salario total y están sujetas a las deducciones regulares: CSS (9.75%), Seguro Educativo (1.25%) e ISR si tu ingreso anual supera B/.11,000.

¿Pueden obligarme a trabajar horas extras?

Las horas extras son voluntarias en la mayoría de casos. Sin embargo, en situaciones de emergencia, accidentes, fuerza mayor o para evitar daños graves a la empresa, el empleador puede requerir trabajo extraordinario.

¿Cómo se calcula el valor de una hora regular?

Para calcular el valor de una hora, divide tu salario mensual entre el número de horas trabajadas al mes. Para jornada de 8 horas diarias: Salario mensual ÷ (8 × días del mes). Generalmente se usa 26 días o 208 horas mensuales.

¿Por qué usar WalletPTY?

Basado en la Ley

Cálculos según el Artículo 33 del Código de Trabajo de Panamá.

Todos los Recargos

Calcula horas diurnas, nocturnas, mixtas y trabajo en feriados.

Fácil y Rápido

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Guía Completa: Horas Extras en Panamá

Marco Legal de las Horas Extras

Las horas extraordinarias están reguladas por el Código de Trabajo de Panamá, específicamente en los artículos 31 al 36. Toda hora trabajada fuera de la jornada ordinaria o en días de descanso debe ser remunerada con un recargo adicional sobre el salario normal.

Diferencia entre Hora Extra y Trabajo en Día de Descanso

Es importante distinguir dos conceptos:

  • Hora Extra: Tiempo trabajado más allá de la jornada ordinaria (después de las 8, 7.5 o 7 horas según el tipo de jornada).
  • Trabajo en Día de Descanso: Cualquier hora trabajada en tu día libre o en un feriado nacional. Tiene recargo del 50% desde la primera hora.

Obligaciones del Empleador

El empleador tiene la obligación de:

  • Llevar un registro preciso de las horas extras trabajadas.
  • Pagar el recargo correspondiente junto con el salario regular.
  • No exceder los límites legales de horas extras.
  • Solicitar autorización del MITRADEL para trabajo en horarios especiales.

Derechos del Trabajador

Como trabajador, tienes derecho a:

  • Rechazar trabajo extra si no hay emergencia o causa justificada.
  • Recibir el pago completo de las horas extras en el siguiente período de pago.
  • Un día de descanso compensatorio si trabajas en domingo.
  • Denunciar al MITRADEL si el empleador no paga los recargos.

¿Tu empleador no te paga las horas extras?

El incumplimiento en el pago de horas extras es una violación al Código de Trabajo. Puedes presentar una queja ante el Ministerio de Trabajo (MITRADEL) o consultar con un abogado laboralista.

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⚖️ Aviso Legal Importante

Este artículo tiene carácter meramente informativo y orientativo. La información proporcionada no constituye asesoramiento legal, fiscal o laboral profesional. Para situaciones específicas o problemas legales, te recomendamos consultar con:

  • • Un abogado laboralista en Panamá
  • • Un contador público autorizado (CPA)
  • • El Ministerio de Trabajo (MITRADEL)
  • • La Caja de Seguro Social (CSS)
  • • La Dirección General de Ingresos (DGI)

Los datos y cálculos mostrados son aproximados y pueden variar según circunstancias particulares o interpretaciones específicas del Código de Trabajo de Panamá.